Republica Dominicana

Preguntas frecuentes

¿Qué es el FONPER?

El Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) es una institución del Estado Dominicano creada en virtud de la Ley número 124-01, promulgada el 24 de julio de 2001.El FONPER tiene como misión fundamental velar, custodiar y administrar las acciones del Estado en las empresas surgidas del proceso de reforma y transformación realizado a partir del año 1997.

¿Cuando fue creado el FONPER?

Para dar cumplimiento a esta disposición, fue creado el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), mediante la Ley número 124-01, de fecha 24 de julio de 2001, como una institución estatal autónoma, con patrimonio y personalidad jurídica propia.

¿A cuales empresas del estado dominicano representa el FONPER?

EGE-HAINA, EGE-ITABO, TABACALERA, MOLINOS del OZAMA, EDENORTE, EDESUR, EDEESTE

¿Las inversiones de FONPER tienen presencia en el interior del país?

Si, hemos realizado invenciones en todas las provincias del territorio dominicano.

¿FONPER tiene oficinas en el interior del país?

No, el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas solo posee oficinas en la provincia de santo domingo.

¿Donde están las oficinas del FONPER?

Las oficinas del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas, FONPER se encuentran ubicadas en el edificio gubernamental Dr.Rafael Kasse Acta Esq. Av.Gustavo Mejía Ricart No.73, 4to,6to, 7mo piso, Ensanche Serrallés, Santo Domingo, República Dominicana.

¿En que horario labora el FONPER?

Las oficinas del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas, FONPER  labora de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. y viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

¿Cuales son los servicios que ofrece el FONPER?

¿ Cuales son los pasos para solicitar información a la oficina de libre acceso de la información del FONPER?

  • Completar el formulario de solicitud de información que está en nuestra página, el ciudadano puede solicitar además al correo rai@fonper.gov.do
  • Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está debidamente completado.
  • Se hace entrega de acuse de recibo al solicitante.
  • Se tramita la solicitud al departamento que posee la información.
  • Seguimiento de la(s) solicitud(es) hasta confirmar que se ha suministrado la información y que el solicitante ha recibido su respuesta dentro de los plazos que otorga la ley 200-04 sobre el acceso a la información pública.

¿Donde puedo encontrar información acerca del trabajo que ha venido desarrollando el FONPER con el paso de los años?

En la página web: en las secciones:

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